La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la Resolución General 5866, estableció modificaciones al régimen de emisión de comprobantes y derogó la Resolución General (ARCA) 5824 -ver nuestro Memorándum de Marzo 2026 y nuestro mail de fecha 2/3/2026-.
Dentro de las modificaciones más relevantes, se aclara que, para el caso de los honorarios de directores y síndicos, la emisión de la factura deberá realizarse el día en que se efectúe su asignación individual, por la asamblea de accionistas o reunión de socios, o por el directorio u órgano ejecutivo.
Por otra parte, se establece un nuevo cronograma de aplicación de las modificaciones al régimen de facturación para entidades financieras y de seguros, según el siguiente detalle:
– 1/9/2026: Entidades de seguros por operaciones con sujetos no inscriptos o exentos en IVA.
– 1/10/2026: Entidades financieras por operaciones de leasing y comercio exterior.
– 1/12/2026: Entidades financieras por operaciones de préstamos y liquidaciones de tarjetas de crédito, débito, compra y/o prepagas.
– 1/3/2027: Entidades de seguros por operaciones de coaseguro y entidades financieras, por liquidaciones a comercios adheridos.
Asimismo, respecto de las instituciones educativas de gestión privada, la eliminación de la excepción de la emisión de comprobantes entrará en vigencia el 1/10/2026.
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