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La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General N° 5501/2024 exceptúa de los regímenes de percepción del Impuesto a las Ganancias y al Valor Agregado, respectivamente, a las operaciones de importación de insumos requeridos por el sector productivo, según se detallan en el Anexo de la misma, efectuadas por las empresas que tengan vigente el certificado MIPyME.

Esta excepción se aplicará hasta el vencimiento del plazo establecido en la Resolución General N° 5490/2024, que opera a los 120 días corridos contados a partir del 18/03/2024.