54 11 4815-9051 estudio@penafreytes.com.ar

La Administración Provincial de Impuestos de la Provincia de Santa Fe, a través de la Resolución General N° 13/2024, introduce modificaciones al régimen general de retenciones y percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecido en la Resolución General N° 15/1997.

Entre las principales adecuaciones, destacamos:

Se establece que quedan obligados a actuar como agentes de retención y percepción los contribuyentes cuyos ingresos brutos -excluido el Impuesto al Valor Agregado- obtenidos en el año calendario inmediato anterior superen $ 1.200.000.000 atribuibles a la jurisdicción Santa Fe y de $ 1.500.000.000 en la totalidad de las jurisdicciones en las que operan.

Por otra parte, se incrementan los montos mínimos para aplicar las retenciones y/o percepciones:

  • Retenciones: cuando los importes de cada pago, no superen la suma de $370.000. Para los contribuyentes que efectúen pagos a comerciantes, con domicilio en la provincia de Santa Fe adheridos a sistemas de tarjetas de débito, crédito, compras, vales alimenticios y similares, el importe de cada pago no deberá superar la suma de $100.000.
  • Percepciones: no corresponderá efectuar la percepción, cuando la base de cálculo de cada operación, no supere la suma de $200.000. Tampoco corresponderá practicar las percepciones a los adquirentes de carnes de animales de las especies bovina, equina, porcina, ovina o productos avícolas cuando la base de cálculo de cada operación no supere la suma de $370.000.

Estas modificaciones tienen aplicación desde la segunda quincena de abril 2024 inclusive.