La Dirección General de Rentas de la Provincia de Corrientes establece nuevos parámetros que determinan la obligación de actuar como agentes de retención y/o percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Al respecto, quedan obligados a actuar como agentes aquellos sujetos que hayan obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos iguales o superiores a $1.300.000.000 en todo el país; asimismo, aquellos que inicien actividades y alcancen ingresos iguales o superiores a $112.000.000 mensuales en un semestre.
Finalmente, se mantiene la facultad de la Dirección General de Rentas de incluir o excluir sujetos como agentes por razones fundadas de estricto interés fiscal, aun cuando no encuadren en los parámetros establecidos, mediante el dictado de resoluciones específicas.
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