La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), a través de la Resolución 538/2025, actualizó la reglamentación del régimen de regularización de obligaciones tributarias, establecida en la Resolución 461/2025, redefiniendo los beneficios de condonación de intereses resarcitorios y punitorios, en función a la fecha de adhesión.
Al respecto, se mantiene la opción de cancelar la deuda a regularizar al contado o financiarla en hasta 48 cuotas, sin embargo, para el pago al contado, se prorroga el plazo de adhesión hasta el 9 de enero de 2026, manteniendo la condonación del 100% de los intereses resarcitorios y punitorios. A partir de esa fecha, los porcentajes de condonación se reducen de manera progresiva hasta el 31 de enero de 2026.
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