Le informamos que la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, a través de la Resolución 219/2025 (B.O. 28/10/2025), extendió hasta el 31 de octubre de 2026 el plazo de 21 días para la aceptación, cancelación y rechazo de facturas de crédito electrónica MIPYMES y su inscripción en el Registro de “Factura de Crédito Electrónica MIPYMES”.
Entradas recientes
- Presentación y pago declaraciones juradas 2025. Personas humanas y sucesiones indivisas. Prórroga.
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Transparencia Fiscal. Discriminación de la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en facturas a consumidores finales
- Operadores de la cadena de producción y comercialización de haciendas y carnes bovinas, bubalinas y porcinas. Actualización de los valores del pago a cuenta del IVA (RG 3873)
- DECLARACION JURADA SIMPLIFICADA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. ADECUACION NORMATIVA.
- APORTE MENSUAL DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS. NUEVOS VALORES A PARTIR DEL 15-04-26
Comentarios recientes