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Estimado Cliente:

La Provincia de La Rioja, mediante la Ley N° 10.907 (B.O. 06/10/2026), estableció con carácter de emergencia, obligatorio y temporal un aporte extraordinario del 25% calculado sobre el Impuesto sobre los Ingresos Brutos determinado.

Este aporte alcanza a las personas humanas o jurídicas inscriptas en el impuesto cuyas bases imponibles declaradas -incluyendo ingresos correspondientes a actividades exentas o no gravadas- en los anticipos mensuales de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2026 sean iguales o superiores a $2.000.000.000, resultando aplicable tanto por el régimen local como por el Convenio Multilateral.

Los fondos recaudados serán destinados al Fondo Solidario de Gestión Alimentaria (FO.S.G.A.) para financiar el Programa Alimentario Riojano (P.A.R.).

Saludos cordiales.