La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la Resolución General 5913/2026, (B.O.: 20/10/2026), derogó la Resolución General N° 3.983 (DGI) y su modificatoria, dejando sin efecto el antiguo régimen de retención que recaía sobre las empresas usuarias de personal eventual. En tal sentido, a partir de ahora son las propias empresas de servicios eventuales quienes deben abonar de manera directa las obligaciones derivadas de la seguridad social, las cuotas sindicales y las retenciones legales correspondientes.
Esta norma resulta de aplicación desde el día de la fecha.
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