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  1. Procedimiento Fiscal. Silencio positivo. Procedimientos administrativos a los que resultará aplicable.

A través del Decreto 971/2024, el Poder ejecutivo establece el listado de procedimientos administrativos a los que les resultará de aplicación el silencio en sentido positivo y aquellos exceptuados, según la modificación introducida por la Ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.

En tal sentido y con respecto a los trámites ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se dispone lo siguiente:

  • Procedimientos administrativos exceptuados de la aplicación del silencio con sentido positivo. (Anexo I del Decreto).
  • Autorización. Reorganización de sociedades – Fondo de comercio (Impuesto a las Ganancias).
  • Registro Fiscal de Operadores del Sector Tabacalero e Instrumentos fiscales de control para cigarrillos.
  • Modificación del Estado Administrativo de la CUIT. Sujetos incluidos en la «Base de Contribuyentes no Confiables» o caracterizados como «Sujeto no confiable en materia de seguridad social».
  • Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA). Modificación Capacidad Productiva.
  • Solicitud de cartas de porte por excepción.
  • Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias Régimen General (Resolución General AFIP 2681/2009).
  • Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias Régimen Simplificado (Resolución General AFIP 2681/2009).
  • Impuestos Débitos y Créditos y otras operaciones (Resolución General AFIP 3900). Inscripción, permanencia y exclusión de los contribuyentes incluidos en el “Registro”.
  • Formulario 2140 – Libre Deuda Previsional – Embarcaciones de más de 50 toneladas o Yates de más de 100 toneladas.
  • Procedimientos administrativos para la obtención de autorizaciones administrativas donde será de aplicación el silencio en sentido positivo. (Anexo II del Decreto).
  • 10119 – ALTA CUIT – Inversiones Mineras (Ley 24.196).
  • 10124 – ALTA CUIT – Excepción a la Prohibición a la Importación de Bienes Usados – art. 4 Resolución MEyOSP 909/94.
  • 10123 – ALTA CUIT – Excepción a la prohibición a la importación de lámparas halógenas – Ley 26.473.
  • 10122 – ALTA CUIT- Exención Ganancias (inc. a, b, d art. 20 Ley 20.628)
  • 10120 – ALTA CUIT – Reposición de stock (art. Dto. 1330)
  • 10127 – ALTA CUIT – Corredor Aduanero Vaca Muerta (RG DGA 16/2022)
  • 10118 – ALTA CUIT – Grandes Proyectos de Inversión (RES. ME 256/2000)
  • 10092 – Solicitud Anulación de Salida de MIC/DTA Fluvial Electrónico
  • 10021 – MANI Aéreo – Cambio de Aduana
  • 1041 – Solicitud de Cambio de CUIT de Despachante en Depósitos de la Subcuenta SIM
  • 10162 – Solicitud de Cambio de Uso del PEMA
  • 10146 – Empadronamiento Dispositivos ISTA-PEMA
  • Inscripción en el “Perfil de Importador/Exportador” y el “Perfil de Despachantes de Aduana”
  • Inscripción en los Registros Especiales Aduaneros del Agente de Transporte Aduanero, Operadores de Contenedores, Operador Logístico Seguro, Prestador de Servicios de Archivo y Digitalización (PSAD), Proveedor de a Bordo, Apoderados de los Despachantes de Aduana y de los Agentes de Transporte Aduanero, Dependiente de los Despachantes de Aduana y de los Agentes de Transporte Aduanero, Dependiente de los Despachantes de Aduana y de los Agentes de Transporte Aduanero, Prestador de Servicios Postales PSP/Couriers, Registro de Abogados Que Actúan en Carácter de Letrados Patrocinantes de Aduana, Garantes-Entidades Emisoras de Garantías Aduaneras, Registro de Tripulantes de Medios de Transporte (Trip), Operadores Logísticos de Régimen “Exporta Simple”
  • Solicitud Disposición de Créditos Aduaneros
  • Bajas retroactivas de impuestos y/o regímenes
  • Empadronamiento de imprentas
  • Formulario 2146 – Libre Deuda Previsional – Buques mercantes de 7 a 50 toneladas o yates de 7 a 100 toneladas
  • F. 980 Acreditación Fiscal – Mutuo Hipotecario
  • Planes de pago – Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras.
  • Transportistas de productos gravados exentos por destino. Solicitud de Alta en el «Régimen de Transportistas de Hidrocarburos con Beneficios».
  • Registro de Comercializadores de Materiales a Reciclar. Inscripción
  • Controladores fiscales (alta, baja o recambio)
  • Certificado de Residencia Fiscal
  • Reimputación de pagos – Formulario 399
  • Modificación del Estado Administrativo de la CUIT Limitado por falta de inscripción en impuestos/Regímenes
  • Modificación del Estado Administrativo de la CUIT limitado por falta de presentación de Declaración Jurada
  • Modificación del Estado Administrativo de la CUIT
  • Limitado por falta de movimiento y empleados en Declaración Jurada
  • Modificación del Estado Administrativo de la CUIT. Sociedades cuya única actividad consista en la posesión de participaciones societarias
  • Modificación del Estado Administrativo de la CUIT. Contribuyentes que sólo posean bienes registrables y no hayan exteriorizado actividad comercial.
  • Modificación del Estado Administrativo de la CUIT. Contribuyentes con actividad de ciclo productivo mediano o largo que se encuentren en etapa de inversión.
  • Modificación del Estado Administrativo de la CUIT. Sociedades con trámites de inicio prolongados (habilitaciones, autorizaciones gubernamentales, etc)
  • Modificación del Estado Administrativo de la CUIT.
  • Limitado por CUIT digital observada.
  • Modificación del Estado Administrativo de la CUIT. Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico
  • Inscripción en el Registro de Gastos Asociados a Proyectos de Investigación (REGAPI)
  • Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA).
  • Validación inmuebles
  • Incorporación al Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA)
  • Habilitación para emitir comprobantes clase «A» por primera vez (R.G. N° 1575 (AFIP), art. 1°)
  • Solicitudes de Compensación (Art. 28 de la Ley N° 11.683, R.G. AFIP N° 1658/2004)
  • Tramitación y obtención de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) Digital de Personas humanas.
  • Solicitud de CUIT y modificación de datos de personas jurídicas
  • Solicitud de Clave de Identificación (C.D.I.) de personas jurídicas
  • Solicitud de Clave de Identificación (C.D.I.) de personas humanas
  • Habilitación del plan para sujetos fallidos, al transcurrir más de 90 días entre la fecha del último comprobante provisorios y la fecha de conclusión del proceso falencial por avenimiento.
  • Solicitud de reimputación de Pagos que no puede realizarse por «CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos» o «Sistema de Cuentas Tributaria»
  • Verificar si no es igual al caso (f. 399) orden 14 reimputación de pagos
  • Certificado de Capacidad Económica (Persona con discapacidad)
  • Certificado de no retención de ganancias en venta de inmuebles
  • Certificado de retención Impuesto a la Transferencia Inmuebles – Residentes en el exterior
  • Certificado exención Impuesto a las Ganancias – Bomberos voluntarios o Cooperadoras
  • Certificado de exención Impuesto a las Ganancias – Instituciones religiosas
  • Certificado de no retención de Seguridad Social
  • Certificados de Ventajas Impositivas (F. 7366)
  • Certificado de No Retención de Impuesto a las Ganancias (Resoluciones Generales AFIP 2703/2009 y 830/2000).
  • Certificado de No Retención IVA
  • Certificado de No Retención IVA (casos especiales)
  • No Retención Impuesto a la Transferencia de Inmuebles
  • Reducción de anticipos -Impuesto a las Ganancias
  • Zona de emergencia y/o de desastre – Acreditación IVA Diferido
  • Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento
  • Certificado de No Recupero IVA Para Operaciones de Reimportación

Decreto 971/2024 (Poder Ejecutivo) – B.O.: 01/11/2024

2. Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Aclaraciones.

Se aclara que las personas jurídicas, sociedades y asociaciones que se constituyan con el único fin de integrar un Vehículo de Proyecto Único (VPU), pueden solicitar su inscripción ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para operar comercialmente, hasta que el citado vehículo -una vez emitido el acto administrativo aprobatorio de adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)- obtenga la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) especial.

Cabe aclarar que el otorgamiento de la CUIT no significará el reconocimiento de los beneficios del RIGI, hasta tanto no se dicte el referido acto administrativo.

Circular (ARCA) 1/2024 – B.O.: 20/11/2024

3. Formosa. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Pago a cuenta para los “tours de compras”.

Se establece que los responsables que ingresen mercadería a la jurisdicción provincial a través de los denominados “tours de compras”, en los que se presuma su eventual comercialización, deberán tributar un anticipo en concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de veinte unidades tributarias (20 UT) cuando se trate de un contribuyente debidamente inscripto y de cincuenta unidades tributarias (50 UT) en el caso de responsables o tenedores que omitieron registrar su inscripción como contribuyentes del mencionado impuesto.

La presente disposición comenzará a regir a partir del 1° de diciembre de 2024.

Resolución General (Formosa) 33/2024

4. San Luis. Ley Impositiva y Calendario Fiscal 2025.

Se establecen las alícuotas, los importes mínimos y las multas correspondientes a los impuestos, las tasas y demás contribuciones para el año 2025. Asimismo, se fijan las fechas de vencimiento de los distintos tributos provinciales.

Con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, destacamos lo siguiente:

  • En líneas generales, se mantienen las alícuotas correspondientes al año 2024. Se incrementa al 6% la correspondiente a servicios de recepción de apuestas de quiniela, lotería y similares y al 10,5% la de servicios relacionados con juegos de azar y apuestas n.c.p.
  • Se establece un descuento como contribuyente cumplidor del 20%, sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos y en tanto sea solicitado ante la Dirección Provincial de Ingresos Públicos. A su vez, se actualiza el límite de ingresos anuales totales obtenidos en el ejercicio o en el ejercicio inmediato anterior -gravados, no gravados o exentos, sin considerar la incidencia del Impuesto al Valor Agregado-, para solicitar el beneficio de alícuota reducida para buenos contribuyentes. Tales ingresos no deberán superar $300.000.000 (anteriormente $ 168.000.000).

LEY (San Luis) VIII-254/2024 B.O: 20/11/2024