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La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General N° 5588/2024, amplía los plazos para poder cumplir con los trámites o ejercer la opción de adhesión al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP).

En tal sentido, se establece que los contribuyentes que manifestaron la opción de adhesión al REIBP al 30 de septiembre de 2024, pero que a esa fecha no hayan podido finalizar el trámite, podrán ingresar el pago inicial del 75% hasta el 28 de octubre de 2024 inclusive.

Para el caso de los contribuyentes que presentaron la Declaración Jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales 2023 sin adherirse al REIBP, podrán ejercer la opción de adhesión y pago inicial del 75% hasta el 28 de octubre de 2024.

En todos los casos, la presentación de la Declaración Jurada del REIBP (F.3339), y de corresponder, el ingreso del saldo resultante, podrá efectuarse hasta el 31 de octubre de 2024.