La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento (SEyPyME), a través de la Resolución 54/2025 (B.O: 01/04/2025), actualizó los límites de ventas totales anuales, personal ocupado y activos expresados en pesos que determinan la categorización e inscripción en el Registro de Empresas MiPyMES, según surge de los siguientes cuadros:
Límites de ventas totales anuales expresados en pesos:
Categoría | Construcción | Servicios | Comercio | Industria y minería | Agropecuario |
Micro | 569.050.000 | 266.790.000 | 1.371.080.000 | 940.600.000 | 661.490.000 |
Pequeña | 3.376.460.000 | 1.608.430.000 | 9.766.640.000 | 7.028.260.000 | 2.436.680.000 |
Mediana tramo 1 | 18.838.350.000 | 13.312.440.000 | 46.423.090.000 | 50.022.750.000 | 14.339.940.000 |
Mediana tramo 2 | 28.254.420.000 | 19.012.110.000 | 66.319.160.000 | 101.070.840.000 | 22.744.110.000 |
Límites de personal ocupado:
Tramo | Servicio | Comercio |
Micro | 7 | 7 |
Pequeña | 30 | 35 |
Mediana tramo 1 | 165 | 125 |
Mediana tramo 2 | 535 | 345 |
Límite de activos expresados en pesos:
Tope de activos en pesos |
2.462.000.000 |
En cuanto al valor de los activos, se establece que el mismo será el monto informado a través de la última declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para el caso de personas jurídicas, del Impuesto sobre los Bienes Personales para el caso de personas humanas o el Formulario de Declaración Jurada N° 894 para el caso de fideicomisos. En el caso de contribuyentes que no se encuentren obligados a la presentación de dichas Declaraciones Juradas y/o hayan adherido al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales establecido por la Ley N° 27.743, deberán presentar documentación respaldatoria de la cual surja el valor de los total activos del último ejercicio a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
Adicionalmente se implementó un nuevo modelo de certificado PYME que contará con un código QR.
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